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domingo, 26 de abril de 2009

El gran error de "engañar" al cliente por sistema

Estoy harto de ver cómo las grandes compañías de servicios dirigidos a cientos de miles de destinatarios y a los que nadie puede ser ajeno (bancos, aseguradoras, telecos, suministradoras de gas o electricidad, concesionarias de autopistas, grandes comercios, etc.) "engañan", a veces (las menos, gracias a Dios) descaradamente, otras (las más) sutilmente, a sus clientes, ya sea para captarlos, para mantenerlos, para colocarles nuevos productos, o para sacarles más dinero aún por los que ya tienen contratados...
Hay mil maneras de "engañar"... verdades a medias, afirmaciones confusas, publicidad directamente engañosa o con tanta letra pequeña que desconfigura absolutamente la idea que te crea la letra grande y, sobre todo, contratos en los que cualquier parecido con la "moto" que te ha vendido el comercial de turno es pura coincidencia o sencillamente tan farragosos que no los entiende ni éste último. Ello sin entrar en los "errores" de facturación por conceptos y/o productos que no hemos contratado o que dimos de baja o que simplemente desconocemos y nunca nos enteramos...
Me cuesta entender porqué, con lo fácil que es llamar a las cosas por su nombre, estas grandes empresas se empeñan en complicarlo todo de tal modo que luego llegan las sorpresas... Bueno, en realidad, y si somos honestos, es muy fácil de entender: si contaran siempre la verdad, integra, real, clara y sin trucos, no venderían ni una escoba.
Supongo que, disponiendo como disponen de "grandes" gestores y ejecutivos con sueldos millonarios, esa manera de actuar debe estar más que justificada por los resultados pese a que los clientes la detesten; y esa es la razón por la que siguen utilizándola desde hace décadas, hoy acrecentada en mayor medida aún con la crisis pues hay que sacar resultados de donde sea. No obstante, me pregunto... ¿ninguno de esos grandes gestores y ejecutivos se ha planteado el porqué la empresa más grande del mundo de internet es tan grande (con tan sólo 11 años de vida) y está tan bien valorada por sus clientes/usuarios? El gran secreto es QUE NO ENGAÑA A NADIE. Al menos de momento; y el día que lo haga, su declive será tan rápido como su ascensión.

sábado, 25 de abril de 2009

¿Qué hubiera pasado si en vez de tratarse de un instituto público hubiera sido un centro privado?

Al respecto de la Resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) de 5 de diciembre de 2008, relativa a los hechos acaecidos consistentes en la aparición de diversa documentación comprensiva de datos personales de los alumnos en un contenedor, podemos sacar una interesante conclusión.
En este caso, la cosa ha quedado en una resolución de la AEPD estableciendo las medidas que procede adoptar para que cesen o se corrijan los efectos de la infracción, la notificación a la entidad infractora y lo mismo al Defensor del Pueblo... pues como sabemos, por tratarse de un instituto o colegio público (administración pública) se aplica el artículo 46 de la Ley Orgánica 15/1999. Pero, ¿Qué hubiera ocurrido si en vez de tratarse de un colegio público los hechos hubieran ocurrido en uno privado? Pues que en vez de aplicarsele el artículo 46 se hubiera aplicado el 45.2, lo que hubiera supuesto una sanción de entre 60.000 y 300.000 euros...
LA CONCLUSIÓN: AHORRARSE EL COSTE DE UNA DESTRUCTORA DE PAPEL PUEDE SALIR MUUY CARO.

martes, 21 de abril de 2009

Sabado 19 de abril de 2009: PLAZO DE IMPLANTACIÓN

El pasado 19 de abril expiró el plazo para la implantación efectiva de las Medidas de Seguridad de Nivel Básico en relación a los FICHEROS NO AUTOMATIZADOS (EN PAPEL) que existieran en la fecha de entrada en vigor del RD 1720/2007 de 21 de diciembre por el que se aprobó el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de Datos de Carácter Personal, es decir, todos aquellos preexistentes a 19 de abril de 2008. En los creados con posteridoridad a esta última fecha ya deberían haber sido implantadas las medidas de razón.